Loading...

Abogados para Proveedores del Estado

Las contrataciones públicas en el Perú atraviesan su mayor transformación en una década: la Ley N.° 32069, vigente desde el 22 de abril de 2025, reemplazó a la Ley 30225; el OSCE dio paso al OECE (Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes); y los procesos migran a la nueva plataforma digital PLADICOP. En este nuevo escenario, contar con asesoría especializada no es un lujo: es la diferencia entre ganar o perder una buena pro, una apelación o su habilitación para contratar con el Estado.

Nuestro estudio, liderado por el Abg. Mgt. Yován Mendoza Gamboa — ex Jefe del OSCE-Cusco por más de 10 años y Magíster en Economía — asesora a proveedores y entidades públicas en todo el Perú, en cada etapa del proceso de contratación.

Defensa del proveedor en todas las etapas

Recursos de apelación: preparamos y sustentamos recursos de apelación contra el otorgamiento de la buena pro, la descalificación de ofertas y otros actos del procedimiento de selección, tanto ante la propia entidad como ante el Tribunal de Contrataciones Públicas del OECE. Conocemos los plazos perentorios, los requisitos de la garantía y los criterios resolutivos del Tribunal, porque los hemos aplicado desde ambos lados de la mesa.

Procedimientos administrativos sancionadores: si usted o su empresa enfrentan un procedimiento que puede terminar en multa o inhabilitación para contratar con el Estado, ejercemos su defensa técnica ante el Tribunal: descargos, informes orales, graduación de la sanción y, de ser el caso, la impugnación judicial de la resolución.

Ejecución contractual: asesoría en adicionales, ampliaciones de plazo, penalidades, resolución de contrato y liquidación — y cuando la controversia escala, lo representamos en conciliación y arbitraje.

Nuestra experiencia reciente incluye la defensa exitosa de adjudicaciones ante entidades como gobiernos regionales, universidades nacionales e institutos públicos, en procedimientos de selección de servicios a nivel nacional.

Conozca nuestra representación en conciliación y arbitraje →

¿Representa a una entidad pública? Vea nuestra asesoría para entidades →

El nuevo régimen: Ley 32069, OECE y PLADICOP

La transición no es solo un cambio de siglas. La Ley 32069 y su Reglamento (D.S. N.° 009-2025-EF, ya modificado por el D.S. N.° 001-2026-EF) introducen nuevas reglas de juego: gestión por resultados, nuevos umbrales y procedimientos, las Juntas de Prevención y Resolución de Disputas (JPRD) en obras, y la migración del SEACE hacia PLADICOP. Al mismo tiempo, los procedimientos iniciados bajo la Ley 30225 siguen rigiéndose por ella — por lo que hoy conviven dos regímenes, y saber cuál aplica a su caso es la primera decisión estratégica.

Dominamos ambos marcos normativos y capacitamos a entidades y empresas en la transición.

Vea nuestros programas de capacitación en la Ley 32069 →

¿Por qué nuestro estudio?

  • Más de 10 años dirigiendo el OSCE-Cusco: conocemos el criterio del regulador desde adentro.
  • Formación internacional: Arbitraje Internacional en American University – Washington College of Law; talleres de la Red Interamericana de Compras Gubernamentales (RICG), OEA, BID.
  • Docencia universitaria de posgrado en contratación pública.
  • Atención en todo el Perú: los procedimientos ante el OECE y el Tribunal son electrónicos; defendemos casos ante entidades de cualquier región.

Preguntas frecuentes

¿Quién resuelve mi apelación: la entidad o el Tribunal?

Depende del valor del procedimiento: por encima del umbral legal resuelve el Tribunal de Contrataciones Públicas del OECE; por debajo, la propia entidad. Evaluamos su caso y preparamos la estrategia ante la instancia correcta.

¿Qué pasa con un proceso que empezó bajo la Ley 30225?

Sigue rigiéndose por la Ley 30225 y su reglamento hasta su culminación. Los procedimientos convocados desde la vigencia de la Ley 32069 se rigen por el nuevo régimen. Hoy ambos marcos conviven — y aplicar el equivocado puede costarle el caso.

¿Me pueden inhabilitar para contratar con el Estado?

Sí: el Tribunal puede imponer multas e inhabilitaciones temporales o definitivas. Un procedimiento sancionador mal defendido puede sacar a su empresa del mercado estatal por años. La defensa técnica oportuna — desde los descargos — es determinante.

¿Atienden casos fuera de Cusco?

Sí. Los procedimientos ante el OECE y el Tribunal son electrónicos y atendemos clientes en todo el país. Hemos defendido adjudicaciones ante entidades de Arequipa, Puno y Lima, entre otras.

Su caso tiene plazos que corren. Hablemos hoy.

Escríbanos por WhatsApp al +51 994 689 383 — evaluamos su situación y le decimos con franqueza qué se puede hacer.